¿Es obligatorio el seguro de vida para pedir una hipoteca?
En Inmobiliarias Madrid sabemos que recibir una vivienda con una hipoteca puede ser una potencial causa de renuncia a la herencia. Muchos desconocen las herramientas con las que pueden proteger a sus herederos, entre ellas, la contratación de seguros de vida hipotecarios ligados al préstamo. «Mediante la contratación de un seguro de vida ligado a la hipoteca, el cliente establece un seguro a favor del banco, de modo que, en caso de fallecer antes del pago de la hipoteca, la deuda quede satisfecha», explica Arantxa Goenaga, abogada y socia del bufete jurídico Circulo Legal Barcelona.
Este instrumento, siempre opcional, fue habitual hace unos años porque muchos bancos condicionaban el préstamo a la contratación de este seguro. Pero con la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria de 2019 se estableció que esta práctica era una mala praxis bancaria y clarificó que la contratación de un seguro de vida es voluntaria. Ahora, «aunque el banco insista para que contrates sus condiciones, no es obligatorio acceder a ningún producto hipotecario para acceder al préstamo», apunta Goenaga. Tampoco se puede forzar al cliente a firmar ningún otro tipo de seguro; sólo el de daños es condición sine qua non para el préstamo hipotecario.
En Inmobiliarias Madrid sabemos que con el seguro de vida, «el banco se protege ante futuros impagos y herederos del inmueble no heredan la hipoteca», explica Goenaga. Y es que, añade, aparte del fallecimiento, estos seguros «contemplan posibles situaciones de incapacidad que hagan que el cliente no pueda afrontar la deuda hipotecaria». Por regla general existen dos formas de contratar un seguro de vida para la hipoteca. La primera de ellas es contratarla con la propia hipoteca, como cualquier otro producto vinculado a ella. «A cambio, el banco suele ofrecer intereses más atractivos, que dependerán del número de extras que se contraten con la hipoteca», explica la abogada, La otra opción es «contratarlo directamente con una aseguradora».