ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA

Alquilar ofrece el beneficio de la libertad de movimiento, aunque existe la creencia general de que de esta forma perdemos dinero a largo plazo. Pero existe una alternativa al problema, el alquiler con opción a compra.
Desde Inmobiliarias Madrid os diremos que esta figura consiste simplemente en alquilar una vivienda, con la diferencia de que existe la opción de comprarla en el futuro y descontar del precio total las mensualidades ya abonadas durante el periodo de arriendo.

Comprar la vivienda o no, es decisión libre del inquilino al finalizar el contrato de alquiler.

¿Cuál es la particularidad? El abono inicial de una prima de compra que, en caso de no querer adquirir finalmente la vivienda, se pierde.
No es un contrato común y no está recogido en el Código Civil, pero sí está aceptado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y por el Reglamento Hipotecario.

Hablamos de un precontrato según el cual, una parte concede a la otra la facultad exclusiva de decidir sobre la celebración o no del contrato principal de compraventa, que habrá de realizarse en un plazo cierto y en unas determinadas condiciones. El contrato, para su validez, debe recoger el objeto del mismo, el precio de venta (no pudiendo ser modificado posteriormente), las cuotas a pagar y la opción de decisión por parte del inquilino en el plazo de dos años a optar a la compra.

Esta variante de alquiler no implica una cuota más elevada, será fijada por el precio del mercado y las fluctuaciones del IPC. Sí supone un gasto extra la inversión inicial por la prima, pero a la larga resultará más rentable, incluso puede haber casos en los que no se exija esta prima previa.
El periodo válido para la compra será el establecido en el contrato. En caso de querer adelantarlo, deberá negociarse entre las partes. El impago de dos cuotas, supondrá la anulación del derecho de opción y la pérdida de la prima inicial (si hubiese existido).

En Inmobiliarias Madrid pensamos que este contrato supone un camino intermedio que puede solventar los problemas de aquellos que temen a los precios tan elevados del alquiler y a la inversión del dinero a “fondo perdido”. Como todo, tiene sus pros y sus contras y evidentemente habrá que disponer del dinero necesario para la compra pasado el plazo acordado, quizá más adelante esta figura tenga una regulación que flexibilice sus características.