FIANZAS EN ALQUILERES

Aunque en Inmobiliarias Madrid no trabajamos alquileres, sí nos gusta también tratar este tema para mantener una correcta y completa información sobre el sector. La fianza del alquiler es un depósito obligatorio que representa una garantía para el propietario ante posibles impagos o desperfectos que el inquilino pueda producir. La ley determina que la fianza debe ser equivalente a una mensualidad de renta, pudiendo elevarse a dos mensualidades si el arrendamiento es para uso distinto al de vivienda. Además, el decreto de alquiler marca un límite que impide exigir más de dos garantías extra para complementar la fianza.

Habrá conflicto si el propietario se niega a devolver la fianza al finalizar el contrato, salvo que demuestre con pagos y facturas que ese dinero lo destinó a cubrir desperfecto y obras necesarias en la vivienda fuera del uso común de la misma. En caso de que hubiere algún impago de la renta, ésta fianza cubriría la deuda. Por normal general, los organismos en los que se deposita la fianza, no la devuelven automáticamente, así que, en Inmobiliarias Madrid, si este es el caso, recomendamos paciencia, pues los trámites burocráticos suelen tomarse su tiempo. Lo importante es, antes de recurrir a la vía judicial, buscar puntos en común con la parte contraria para evitar conflicto. Por supuesto, un buen asesoramiento previo, con un contrato entre arrendador y arrendatario que cubra todos los derechos, será lo mejor para lidiar con posibles inconvenientes futuros.